El divorcio notarial es la fórmula más fácil y rápida para la obtención de la disolución matrimonial, de ahí que sea denominado comúnmente también divorcio exprés. En tiempos de pandemia miles de matrimonios están acudiendo a esta fórmula que evita el colapso judicial actual.
Es necesaria la intervención de un abogado a fin de asesorar a las partes si bien finalmente es el notario quien decide si se cumplen todas las exigencias legales.
Con la entrada en vigor de la ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria los notarios pueden celebrar matrimonios y autorizar divorcios de mutuo acuerdo y muchas otras atribuciones relacionadas con cuestiones de familia, derecho sucesorio…
¿Cuáles son los requisitos?
Debe existir mutuo acuerdo, no cabe modalidad contenciosa
Deben haber transcurrido al menos tres meses desde el matrimonio.
No tienen que tener hijos menores no emancipados o con incapacidades.
Si hay hijos mayores o menores emancipados, deben expresar consentimiento respecto de medidas que los afecten, como la convivencia en el domicilio o resultados económicos del divorcio.
¿Cómo se tramita?
El procedimiento consiste en la separación o divorcio mediante escritura pública ante un Notario.
- Elección del notario
Debe ser competente dentro del domicilio habitual de ambos o alguno de los cónyuges, este extremo lo acreditaremos con el DNI o los certificados de empadronamiento
- Designación de un abogado
La designación del abogado es necesario para la redacción del convenio regulador y el asesoramiento durante el proceso. Pueden acudir con el mismo letrado o cada cónyuge con su abogado correspondiente.
- Redacción del convenio
La redacción del convenio va asociada con la recopilación de la documentación requerida y la remisión de toda esa documentación a la Notaría.
El convenio, elaborado por el abogado experto en Derecho de Familia, recogerá los acuerdos alcanzados por la pareja con respecto a:
Uso de la vivienda y elementos de la misma.
Contribución a los gastos comunes, forma de actualización y garantías.
Fijación en su caso de una pensión compensatoria para el cónyuge que queda en peor situación económica después de la separación.
Asimismo se incorporara la documentación a presentar está compuesta por los documentos nacionales de identidad de los cónyuges e hijos que deban presentarse ante el Notario, libro de familia, certificado de matrimonio, documentación de los hijos y certificado de empadronamiento de los cónyuges.
- Comprobación por parte del notario
El notario tendrá que comprobar que se cumplen todos los requisitos establecidos.
- Establecimiento de una fecha
En la Notaría se establece una fecha para ratificar el convenio y prestar su consentimiento a las disposiciones siguientes.
- Presentación de los cónyuges en la Notaría para acordar el divorcio
Lo deben hacer personalmente, es decir, que no pueden ser representados.
El abogado también debe estar presente, para firmar la escritura de divorcio junto con los cónyuges. El Notario autoriza la escritura del convenio y remite la documentación al Registro Civil para su inscripción.
El Acta Notarial del divorcio tiene efectos desde el momento en que se firma.
- Inscripción de los bienes
Los bienes resultantes de la separación o divorcio a nombre de cada uno de sus nuevos titulares, tendrán que inscribirse en el Registro correspondiente.
Muchos de mis clientes han conseguido a través del divorcio notarial la disolución matrimonial de una manera ágil, eficaz y económica.
Si estas atravesando una crisis sentimental puedo ayudarte a tomar las decisiones legales más acertadas.
Rosa Fernández
686871877