¿Cómo se dividirán los bienes de la pareja una vez contraigan matrimonio? puedes acudir a las capitulaciones matrimoniales

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales? 

Son acuerdos celebrados antes, en el acto de contraer matrimonio o después de éste, con el fin de regular el régimen económico del matrimonio o, en general, cualquier otra disposición relacionada.

Es fundamental, especialmente, si hablamos de grandes patrimonios. Así, ya sabremos en caso de separación o divorcio las consecuencias y el cómo será gestionado el patrimonio.

Se trata de aportar tranquilidad, y también de evitar rencillas económicas que puedan dificultar la relación más adelante.

¿Para qué sirven las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales sirven para fijar el régimen económico del matrimonio.

En el caso de Cataluña el régimen matrimonial es el de separación de bienes, al contrario de lo que ocurre en prácticamente el resto de España, donde se aplica el régimen de gananciales salvo que se pacte lo contrario.

Más allá de la elección del régimen económico, se puede adaptar el acuerdo a lo que las partes deseen: incluir donaciones de los padres de la pareja a éstos o pactos en previsión de crisis de matrimonio.

Cláusulas

 Pactos de liquidación

Se trata de adelantarse a una posible ruptura y fijar reparto de los bienes comunes.

Determinación de si un bien es ganancial o privativo

Se trata de especificar si un bien pertenece a la pareja o a una sola de las partes, para evitar dudas en el futuro.

Regular el régimen de custodia de los hijos en común

Pactaremos si la custodia será a favor de uno u otro cónyuge, aunque no podremos pactar cómo se distribuiría la custodia.  Si el juez considera que el sistema de custodia ideado no es el que más conviene a los menores, podrá modificarlo.

Prestación compensatoria

Un pacto muy habitual suele ser una prestación compensatoria para uno de los cónyuges, en caso de separación o divorcio, así como las condiciones para que ésta se dé o quede sin efecto.