Desahucio Personas vulnerables
¿Qué se entiende por gran tenedor?
Es la persona física o jurídica que sea TITULAR DE MÁS DE DIEZ INMUEBLES URBANOS, EXCLUYENDO GARAJES Y TRASTEROS, O UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE MÁS DE 1.500 M2, acotándose en el texto de la ley a aquellos inmuebles y superficie que sea de uso residencial.
En los casos de declaración de entornos de mercado residencial tensionado lo serán AQUELLOS TITULARES DE CINCO O MÁS INMUEBLES URBANOS DE USO RESIDENCIAL ubicados en dicho entorno, cuando así sea motivado por la comunidad autónoma en la correspondiente memoria justificativa.
Relevancia del gran tenedor en los Arrendamientos Urbanos
La relevancia de los Grandes Tenedores radica en su responsabilidad legal y su impacto en la protección de los arrendatarios. La Ley 12/2023 establece que, en caso de prórroga de contratos de arrendamiento, los arrendadores que cumplan con esta definición deben aceptar obligatoriamente la solicitud de prórroga presentada por el arrendatario, a menos que hayan acordado otros términos o condiciones. Esto busca proteger a los inquilinos y brindarles cierta seguridad en un mercado a menudo volátil.
Además, los Grandes Tenedores están sujetos a ciertas restricciones en cuanto a la fijación de la renta en los contratos de arrendamiento. Estas limitaciones buscan evitar prácticas abusivas y garantizar un equilibrio justo entre las partes involucradas.
En resumen:
El concepto de Gran Tenedor es fundamental en el marco de los arrendamientos urbanos. Su definición y relevancia se han consolidado en la Ley 12/2023 para garantizar la protección de los arrendatarios y mantener un mercado de alquiler más justo y equitativo. Con esta medida, se busca promover la estabilidad y seguridad en las relaciones entre arrendadores e inquilinos, contribuyendo así a un entorno más favorable para todas las partes involucradas en el mercado residencial tensionado.
Rosa Fernandez
686871877
San Fernando 26 entresuelo
Abogada de desahucios en Cantabria